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Asesoria para el llenado de solicitud de nulidad matrimonial
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Asesoria para el llenado de solicitud de nulidad matrimonial
¡¡GRATIS!!
ESTE MARTES 18 NOV ASESORIA DE LLENADO DE SOLICITUD DE NULIDAD MATRIMONIAL PARA DIVORCIADOS VUELTOS A CASAR
Hola a todos
Buenas tardes
Un saludo cordial y un aviso muy interesante para los DIVORCIADOS VUELTOS A CASAR, DIVORCIADOS, SEPARADOS ETCC que buscan la revisión de su matrimonio anterior y la posible declaración de NULIDAD del mismo, que en su conciencia realmente tienen la duda de si su matrimonio fue nulo, para poder casarse sacramentalmente con su esposa(o) actual. Y sobre todo para poder acercarse a la SAGRADA COMUNION.
Si piensas que tu matrimonio anterior no fue valido por cualquiera de las más de 100 causales o si tú no eres divorciado(a) Gracias a Dios pero sabes de alguien que vive en una situación irregular, y que busca la paz invítalo y aquí encontrara respuestas a sus dudas.
ASESORIA Y ACLARACION SOBRE CAUSALES Y LLENADO DE SOLICITUD DE REVISION DE NULIDAD MATRIMONIAL
Fecha : Martes 18 de Noviembre 2014
Lugar : Salón de Oficinas parroquiales de Catedral.
Hora : 7:30 P.M.
Dirección Calle Libertad 803
Tel 044 614 182 34 36
-Nulidad: Si por algún defecto, según las leyes de la Iglesia, no hubo Matrimonio Sacramental a pesar de haber existido una ceremonia en un templo católico, la Iglesia simplemente declara que NUNCA hubo Matrimonio y que por lo tanto los aparentemente casados, son libres, pudiendo casarse Sacramentalmente si lo desean.
La Iglesia, quede claro, no "divorcia" a nadie. No tiene la facultad para ello. Si existe el vínculo Matrimonial, ni el Papa puede dispensarlo, como aconteció cuando el Rey Enrique VIII quiso repudiar a su esposa legítima, Catalina de Aragón, para casarse con Ana Bolena (a la que después mandó matar). A pesar de la amenaza de separar a toda Inglaterra de la unión con Roma, el Papa sostuvo la validez de su matrimonio. "Lo que Dios ha unido, no lo separe el hombre" (Mt.19,6).AHí nació la Iglesia Anglicana...
ALGUNAS DE LAS CAUSALES:
Importante: La mamitis se suma a la lista de causas por las que el matrimonio católico podría ser anulado
1.- Canon 1083: Se puede solicitar la nulidad en caso de que el varón se haya casado antes de los 16 años cumplidos y la mujer antes de los 14 años cumplidos.
2.- Canon 1084: Se puede anular por antecedente y perpetúa. Por ejemplo, quien contrae matrimonio engañado con dolo.
3.- Canon 1085: Impedimento por vínculo o ligamen. El matrimonio puede ser anulado si uno de los cónyuges estuvo casado con anterioridad por la Iglesia católica y no anuló su matrimonio.
4.- Canon 1086: Se puede anular por disparidad de cultos. Es inválido el matrimonio si una de las personas no está bautizado.
5.- Canon 1089: No puede haber matrimonio entre un hombre y una mujer raptada o al menos retenida con miras a contraer matrimonio con ella, a no ser que después la mujer, separada del raptor y hallándose en lugar seguro y libre, elija voluntariamente el matrimonio.
6.- Canon 1090: Quien, con el fin de contraer matrimonio con una determinada persona, causa la muerte del cónyuge de ésta o de su propio cónyuge, atenta inválidamente ese matrimonio.
7.- Canon 1091: Impedimento de consanguinidad. En línea recta de consanguinidad, es nulo el matrimonio entre todos los ascendientes y descendientes, tanto legítimos como naturales.
8.- Canon 1094: Impedimento de parentesco legal. No pueden contraer válidamente matrimonio entre sí quienes están unidos por parentesco legal proveniente de la adopción, en línea recta o en segundo grado de línea colateral.
9.- Canon 1095: Nulidad por carecer de uso de razón. Son incapaces de contraer matrimonio quienes carecen de suficiente uso de razón, quienes tienen un grave defecto de discreción de juicio acerca de los derechos y deberes esenciales del matrimonio que mutuamente se han de dar y aceptar, y quienes no pueden asumir las obligaciones esenciales del matrimonio por causas de naturaleza psíquica.
10.- Canon 1108: Puede anularse un matrimonio si la ceremonia se llevó a cabo sin la presencia de un párroco, sacerdote o diácono delegado o fuera de la delegación de uno de estos.
Lee aquí completo el Capítulo VII del Derecho Canónico
ESTE MARTES 18 NOV ASESORIA DE LLENADO DE SOLICITUD DE NULIDAD MATRIMONIAL PARA DIVORCIADOS VUELTOS A CASAR
Hola a todos
Buenas tardes
Un saludo cordial y un aviso muy interesante para los DIVORCIADOS VUELTOS A CASAR, DIVORCIADOS, SEPARADOS ETCC que buscan la revisión de su matrimonio anterior y la posible declaración de NULIDAD del mismo, que en su conciencia realmente tienen la duda de si su matrimonio fue nulo, para poder casarse sacramentalmente con su esposa(o) actual. Y sobre todo para poder acercarse a la SAGRADA COMUNION.
Si piensas que tu matrimonio anterior no fue valido por cualquiera de las más de 100 causales o si tú no eres divorciado(a) Gracias a Dios pero sabes de alguien que vive en una situación irregular, y que busca la paz invítalo y aquí encontrara respuestas a sus dudas.
ASESORIA Y ACLARACION SOBRE CAUSALES Y LLENADO DE SOLICITUD DE REVISION DE NULIDAD MATRIMONIAL
Fecha : Martes 18 de Noviembre 2014
Lugar : Salón de Oficinas parroquiales de Catedral.
Hora : 7:30 P.M.
Dirección Calle Libertad 803
Tel 044 614 182 34 36
-Nulidad: Si por algún defecto, según las leyes de la Iglesia, no hubo Matrimonio Sacramental a pesar de haber existido una ceremonia en un templo católico, la Iglesia simplemente declara que NUNCA hubo Matrimonio y que por lo tanto los aparentemente casados, son libres, pudiendo casarse Sacramentalmente si lo desean.
La Iglesia, quede claro, no "divorcia" a nadie. No tiene la facultad para ello. Si existe el vínculo Matrimonial, ni el Papa puede dispensarlo, como aconteció cuando el Rey Enrique VIII quiso repudiar a su esposa legítima, Catalina de Aragón, para casarse con Ana Bolena (a la que después mandó matar). A pesar de la amenaza de separar a toda Inglaterra de la unión con Roma, el Papa sostuvo la validez de su matrimonio. "Lo que Dios ha unido, no lo separe el hombre" (Mt.19,6).AHí nació la Iglesia Anglicana...
ALGUNAS DE LAS CAUSALES:
Importante: La mamitis se suma a la lista de causas por las que el matrimonio católico podría ser anulado
1.- Canon 1083: Se puede solicitar la nulidad en caso de que el varón se haya casado antes de los 16 años cumplidos y la mujer antes de los 14 años cumplidos.
2.- Canon 1084: Se puede anular por antecedente y perpetúa. Por ejemplo, quien contrae matrimonio engañado con dolo.
3.- Canon 1085: Impedimento por vínculo o ligamen. El matrimonio puede ser anulado si uno de los cónyuges estuvo casado con anterioridad por la Iglesia católica y no anuló su matrimonio.
4.- Canon 1086: Se puede anular por disparidad de cultos. Es inválido el matrimonio si una de las personas no está bautizado.
5.- Canon 1089: No puede haber matrimonio entre un hombre y una mujer raptada o al menos retenida con miras a contraer matrimonio con ella, a no ser que después la mujer, separada del raptor y hallándose en lugar seguro y libre, elija voluntariamente el matrimonio.
6.- Canon 1090: Quien, con el fin de contraer matrimonio con una determinada persona, causa la muerte del cónyuge de ésta o de su propio cónyuge, atenta inválidamente ese matrimonio.
7.- Canon 1091: Impedimento de consanguinidad. En línea recta de consanguinidad, es nulo el matrimonio entre todos los ascendientes y descendientes, tanto legítimos como naturales.
8.- Canon 1094: Impedimento de parentesco legal. No pueden contraer válidamente matrimonio entre sí quienes están unidos por parentesco legal proveniente de la adopción, en línea recta o en segundo grado de línea colateral.
9.- Canon 1095: Nulidad por carecer de uso de razón. Son incapaces de contraer matrimonio quienes carecen de suficiente uso de razón, quienes tienen un grave defecto de discreción de juicio acerca de los derechos y deberes esenciales del matrimonio que mutuamente se han de dar y aceptar, y quienes no pueden asumir las obligaciones esenciales del matrimonio por causas de naturaleza psíquica.
10.- Canon 1108: Puede anularse un matrimonio si la ceremonia se llevó a cabo sin la presencia de un párroco, sacerdote o diácono delegado o fuera de la delegación de uno de estos.
Lee aquí completo el Capítulo VII del Derecho Canónico
Re: Asesoria para el llenado de solicitud de nulidad matrimonial
Buen día.
Recordándoles, hoy 17:30 en las oficinas Pastorales de Catedral, Ocampo y Libertad.
No falten y cumplamos con nuestra obligación de buscar la nulidad matrimonial...
Recuerden también que todos estamos bien casados hasta que las evidencias demuestren lo contrario y que nuestro estatus no es condicionante para que sigan asistiendo a la pastoral, indendientemente de la resolución emitida por parte del tribunal eclesiástico.
¡Los esperamos!
Recordándoles, hoy 17:30 en las oficinas Pastorales de Catedral, Ocampo y Libertad.
No falten y cumplamos con nuestra obligación de buscar la nulidad matrimonial...
Recuerden también que todos estamos bien casados hasta que las evidencias demuestren lo contrario y que nuestro estatus no es condicionante para que sigan asistiendo a la pastoral, indendientemente de la resolución emitida por parte del tribunal eclesiástico.
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